Prórroga para cancelación de facturas
El día de hoy el SAT hizo pública otra prórroga
para realizar la cancelación de los CFDI de acuerdo a los nuevos lineamientos
que se han establecido. No es una novedad, ni algo que nos asombre tomando en
cuenta que su portal de internet no tiene aún habilitado el servicio para
realizar este proceso por lo cual era evidente que tenía que prorrogarse o establecer
esta opción inmediatamente.
Este cambio se viene realizando desde el 1 de enero de 2018 cuando entraría en vigor y se haría obligatorio, sin embargo existieron prorrogas que lo hacían vigente a partir de mayo, y después una más a partir del 1 de julio la cual parecía la fecha definitiva. Al día de hoy se hizo el anuncio de una nueva prórroga con la cual entrara en vigor a partir del día 1 de septiembre de 2018.
Pero ¿Qué cambios representan estos nuevo lineamientos? Pues bien al día de hoy el proceso de cancelación es tan sencillo como entrar a nuestro portal del SAT, revisar las facturas emitidas, seleccionar alguna y seleccionar la opción "cancela factura". Esto nos llevaba a que existen personas que emitían facturas y después de algunos días simplemente las cancelaban para de esta forma disminuir sus ingresos, los cuales son la base para el pago se ISR, y así pagar menos impuestos. Con esto además de la clara evasión de impuestos con afectación a Hacienda, existe una afectación a quien recibe la factura pues no podrá deducir esta factura cuando presente su declaración y esto lo llevara a pagar más impuestos. Con el nuevo método se tienen 72 horas para cancelar los CFDI emitidos, cumplido este plazo se necesitara enviar a través de buzón tributario una "solicitud de cancelación de CFDI" la cual debe autorizar o rechazar quien reciba la factura. Si lo rechaza no podrá realizarse dicha cancelación. En dado caso de que el receptor de la factura no responda en un plazo de 72 horas, el SAT considerara como positiva la respuesta y dicho comprobante podrá cancelarse.
Es un cambio importante que puede causar inconvenientes, sobre todo por tiempos, a los contribuyentes pero a ojos del SAT algo muy necesario debido a las acciones de algunos contribuyentes.
Así que aprovechemos este tiempo para prepararnos con nuestros proveedores de sistemas contables, así como para hacer que los contribuyentes conozcan esta información y se adapten a esta nueva forma de trabajo.